JUNTA DE PATRIMONIO COPAIBA CULTURAL CABIMAS

Desde Cabimas, la Tierra del Copaiba o Cabimo, nuestro saludo cordial y el aprecio para todos(as), lectores(as) que desde ahora empiezan a leer los temas que ilustran el contenido de esta página, dedicada al pueblo venezolano y el mundo, en especial a los (as) que estudian, luchan y trabajan, esperamos que lo publicado sea útil. Ubicada en: calle el Rosario, edif.: Casa de la Cultura. Casco Central. Cabimas. Estado Zulia.Tlf.:0264/2414311

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lunes, 29 de agosto de 2011

ARQUITECTURA ANTIGUA DE CABIMAS

Publicado por Junta del Patrimonio Histórico Cultural Cabimas en 13:33
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Etiquetas: ACTIVIDADES PROGRAMADAS, BIENVENIDA, DIBUJO EN CARBONCILLO, NOTICIAS, PATRIMONIO EN VIDA, planes vacacionales, SAN BENITO DE PALERMO, Símbolos del Municipio Cabimas, Vídeos

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RAZÓN DE SER DEL PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL

PATRIMONIO CULTURAL VENEZOLANO



El contenido del Patrimonio Cultural venezolano y sus valores en lo tangible e intangible están amparados de acuerdo a la Constitucion de la República Bolivariana de Venezuela, La Ley de Defensa y Protección del Patrimonio Cultural y demás leyes de la Nación.


CONSTITUCION REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Artículo 99. Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y sanciones para los daños c usados a estos bienes.


EL REGISTRO DE BIENES DEL PATRIMONIO CULTURAL.


DICTA EL SIGUIENTE:


INSTRUCTIVO QUE REGULA EL REGISTRO GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL VENEZOLANO Y EL


MANEJO DE LOS BIENES QUE LO INTEGRAN


CAPÍTULO I


DEL REGISTRO GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL

Artículo 1: Se declara formalmente constituido el REGISTRO


GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL, el

cual lo integran:


1.- Todas las manifestaciones culturales tangibles e intangibles

inscritas en el marco del I Censo del Patrimonio

Cultural Venezolano, y reflejadas en los catálogos

elaborados con ocasión al mismo.

2.- Todas aquellas manifestaciones culturales no inscritas

en el marco del I Censo del Patrimonio Cultural

Venezolano, pero que se ajusten a lo previsto en el artículo

6 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio

Cultura

l. Artículo 2: El Registro General del Patrimonio Cultural

Tiene por objeto la identificación de todo aquello que es

Característico y significativo para la identidad cultural

de los venezolanos, en correspondencia a sus valores

Artísticos, históricos, plásticos, ambientales, arqueológicos,

Paleontológicos o sociales.

Artículo 7: Los órganos estatales y municipales podrán

declarar determinados bienes como patrimonio cultural,

caso en el cual deberán notificarlo al Instituto del

Patrimonio Cultural, para su posible inscripción en el

Registro General del Patrimonio Cultural.

Asimismo, deberán notificar al Instituto del Patrimonio

Cultural todo acto que realicen vinculado a los bienes

Inscritos en el Registro General del Patrimonio Cultural,

para su anotación en el mismo.

Capítulo IIDe los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la República

ARTÍCULO 6° El Patrimonio Cultural de la República a los efectos de esta Ley, está constituido por los bienes de interés cultural así declarados que se encuentren en el territorio nacional o que ingresen a él quien quiera que sea su propietario conforme a lo señalado seguidamente:1. Los bienes muebles e inmuebles que hayan sido declarados o se declaren monumentos nacionales;

2. Los bienes inmuebles de cualquier época que sea de interés conservar por su valor histórico, artístico,

3. Los bienes muebles de valor histórico o artístico, propiedad del Estado o de otras personas jurídicas de carácter público, que se encuentren en museos nacionales, estadales o municipales o en otros lugares públicos o privados, incluidos los de valor numismático o filatélico;

4. Los bienes muebles de cualquier época que sea de interés conservar por su excepcional valor histórico o artístico;

5. Las poblaciones y sitios que por sus valores típicos, tradicionales, naturales, históricos, ambientales, artísticos, arquitectónicos o arqueológicos, sean declarados dignos de protección y conservación. Los centros históricos de pueblos y ciudades que lo ameriten y que tengan significación para la memoria urbana;

6. Los testimonios históricos y sitios arqueológicos vinculados con el pasado;7. El patrimonio vivo del país, sus costumbres, sus tradiciones culturales, sus vivencias, sus manifestaciones musicales, su folklore, su lengua, sus ritos, sus creencias y su ser nacional;

8. El patrimonio documental y bibliográfico, archivos, bibliotecas, fototecas, mapotecas, fonotecas, videotecas, cinematecas y demás instituciones de igual naturaleza; tutelados actualmente por organismos específicos sin desconocer la titularidad de dichos organismos sobre los mismos;

9. Los objetos y documentos de personajes de singular importancia en la historia nacional, sus creaciones culturales transcendentes;

10. Las obras culturales premiadas nacionalmente;

11. La estatuaria monumental y las obras de arte de los cementerios;

12. El entorno ambiental o paisajístico -rural o urbano- requerido por los bienes culturales, muebles o inmuebles para su visualidad o contemplación adecuada;

13. El patrimonio arqueológico y paleontológico donde quiera que se encuentren; y

14. Cualquier otro bien de interés cultural que amerite ser declarado como tal.

LA JUNTA DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE CABIMAS JPHCC.

Fue creada por el Concejo Municipal de Cabimas de acuerdo a la Gaceta Municipal No.06 Octubre –Noviembre-Diciembre, 2006 Año: XVII. Extraordinaria No.36 Sesión Ordinaria No.22 (06-11-2006) Ordenanza sobre Patrimonio Histórico Cultural del Municipio Cabimas Estado Zulia Gaceta con el fin de contribuir con la tarea de identificar, valorar, reconocer la creatividad humana y registrar los bienes de valor patrimonial históricos y culturales del Municipio Cabimas en concordancia con lo previsto en la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, la Ley de Defensa y Protección del Patrimonio Cultural y demás leyes.

Disposiciones Generales de la Ordenanza:

Art. 1: La presente ordenanza sobre Patrimonio Histórico y Cultural del Municipio Cabimas del Estado Zulia tiene personalidad Jurídica tiene autonomía y Patrimonio propio e independiente del Fisco Municipal no tiene fines de lucro está adscrita a la Alcaldía del Municipio Cabimas del Estado Zulia y su domicilio es la ciudad de Cabimas Jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia.

Art. 2: La presente Ordenanza tiene por objeto promover, conservar, investigar, vigilar, proteger, estudiar, preservar y regular la organización de los bienes patrimoniales del municipio.

Todo bien que ingrese o pudiera formar parte del Acervo Histórico del Municipio deberá ser protegido e incorporado al Patrimonio Histórico Cultural del Municipio Cabimas.

Art. 3: La Junta para la conservación del Patrimonio Histórico Cultural del Municipio Cabimas es el organismo municipal encargado de la identificación, registro, protección, promoción y difusión del patrimonio de nuestro en los términos en que lo establecen las leyes y los procesos vigentes aplicados en el ámbito territorial de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Art. 9: Para los efectos de la presente Ordenanza se consideran bienes del Patrimonio Cultural del Municipio Cabimas, el conjunto de bienes y valores históricos, artísticos y ambientales, así como las tradiciones de contenido cultural, tales como: historia, literatura, propiedad intelectual, música, fiestas y danzas. Igualmente todo lo referente a monumentos, edificaciones, parques, plazas, puentes, caminos reales, obras artísticas, películas, fotografías, libros, documentos originales o copias autorizadas, pinturas, correspondencias, hojas sueltas, periódicos, afiches, planos, mapas, mobiliarios, vehículos, instrumentos musicales, herramientas, artesanías, yacimientos arqueológicos o paleontológicos.

Art. 12: Serán considerados de interés para el Patrimonio Cultural del Municipio Cabimas las siguientes actividades:

· Conservación de los monumentos, imágenes y reliquias históricas.

· La investigación arqueológica, paleontológica y la divulgación de estas investigaciones.

· La preservación de los valores típicos así como su fenómeno.

· El estimulo y desarrollo de todas aquellas actividades encaminadas a reafirmar la identidad y sentido de pertenencia del municipio.

· La Junta del Patrimonio Histórico y Cultural de Cabimas JPHCC

· MISIÓN

· Ser referencia, institucional educativa y cultural de orientación humana en cuanto a la investigación, preservación, restauración, conservación, defensa y protección y la organización de los bienes del Acervo histórico del patrimonio cultural del Municipio Cabimas.

VISIÓN

· Tiene como visión despertar conciencia y sentido de identidad y pertenencia entre los habitantes en cuanto a la comprensión, valoración y aprecio de los bienes de valor del patrimonio cultural para el desarrollo y conservación de la memoria histórica tangible e intangible del Municipio Cabimas,

· POLÍTICA DE CALIDAD:

· Nuestro compromiso es desarrollar los procesos de trabajo sistemático programados que permitan clasificar, ordenar y archivar datos, información y documentos con valor histórico utilizando los avances y la tecnología para la protección integral de la memoria de contenido histórico y cultural del pasado con eficiencia y calidad.

OBJETIVO GENERAL:

Empezar el “Censo Parroquial a corto, mediano y largo plazo con el fin de recopilar el pasado histórico y cultural del Municipio Cabimas” y documentar el contenido sobre historia patrimonial y cultural la Junta del patrimonio histórico y cultural de Cabimas JPHCC. Por medio de personal capacitado de forma técnica.

OBJETIVO ESPECÍFICO:

a) Iniciar la investigación de campo por medio del Censo directo por parroquia para recopilar y Registrar los Bienes de Valor Histórico Patrimonial y cultural tangibles e intangibles del Municipio Cabimas con el fin de organizar el ACERVO HISTÓRICO Y CULTURAL DEL MUNICIPIO CABIMAS con Personalidad Jurídica Oficial.



RECONOCIMIENTOS DEL PATRIMONIO CULTURAL

La Junta del Patrimonio Histórico y cultural de Cabimas, tiene la facultad de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley de Defensa y Protección del Patrimonio Cultural en: investigar, reconocer y declarar los valores patrimoniales y culturales por su trayectoria creativa y artistica en diferentes disciplinas que con el paso del tiempo forman la memoria histórica y cultural de cada pueblo.
Bien lo merecen reconocer en vida los valores humanos de la creatividad desde lo popular de la artesania, la música y el el canto, la poesía, las artes plasticas, las artes del juego, cerámica y el vidrio, la escultura, teatro, danzas y todo lo relacionado a las artes audiovisuales que enriquecen el firmamento cultural de la humanidad desde lo local, porque lo más simple con el tiempo tiene su valor de referencia histórica como la obra esculpida en piedra o la pintura realizada con oleos y pinceles en el blanco lienzo.

El valor del reconocimiento está en hacerlo a tiempo y en vida, es un acto de sinceridad que produce emoción y felicidad a las personas que les reconocen su labor sin mezquindad con pureza de sentimientos como el agua clara del manantial.

Dar y reconocer en el tiempo preciso de la vida lo que cada quien merece es un don "Divino de Dios" nosotros los humanos somos simples instrumentos de enlace para "hacer sobre todo el bien, aunque el mal esté cercano", el bien es lo más preciado que puede dar y recibir una persona.

Reconocer virtudes y esfuerzos es lo que engrandece a todos los que tienen y no tienen, ni riqueza ni poder y si los tenemos con mayor razón es lógico dar y reconocer a tiempo los valores que forman el cuerpo universal social, patrimonial y cultural de la humanidad, es el hoy, no el ayer ni el mañana, sólo existe hoy y lo demás ¿Quién sabe si lo haremos o no?.

ESCUDO DE CABIMAS

ESCUDO DE CABIMAS
Se crea en el año 1.968. Se presenta en una sesión solemne de la municipalidad con la bendición de Monseñor: Constantino Maradei.

BANDERA DE CABIMAS

BANDERA DE CABIMAS
La franja superior es AZUL CELESTE de doble tamaño a los otros dos y representa las aguas del Lago de Maracaibo.La franja color VERDE representa la vegetación y riqueza agropecuaria del Municipio Cabimas.La franja NEGRA representa la riqueza petrolera del municipio.El sol al amanecer en la franja azul representa la riqueza y futuro de los habitantes del Municipio Cabimas.El TALADRO apoyado en la franja negra, sobre la verde y el saliente sol simboliza el Pozo el Barroso II en la Parroquia Rosa e inicio de la industria petrolera con el famoso reventón del 22 de diciembre de 1922 por el cual se conoció a Cabimas en el mundo.

HIMNO DEL MUNICIPIO CABIMAS


CORO

Pueblo noble orgulloso y valiente

que su orilla lacustre vibró

de su entraña brotaba rugiente

el petróleo con que Dios nos premió

de su suelo nació la Copaiba

cual legado su nombre le dio.

I. (Primera estrofa).



Cabimas grandiosa y pujante

que a la patria realza en valor

con estirpe y su industria adelante

va plasmando la gloria y honor

es la mano, la acción y el trabajo

ricos frutos que dan el vergel

a esta tierra que al mundo nos trajo

un rincón de profundo querer.

II (segunda estrofa).



Precioso terruño añorado

por tus hijos cuando lejos están

y en sus mentes el recuerdo adorado

con la virgen nuestra madre de paz

es la fe y la esperanza que encierra

esos lazos que nos unen ya

y creciendo imponente esta tierra

su futuro glorioso será.

III (tercera estrofa).

Tu estandarte en tres colores exhibe

lo grandioso de tu heroicidad

es el sol que con rayos describe

lo brillante de nuestra ciudad

y el subsuelo entre capas produce

la riqueza de esta gran región

el petróleo en el mundo se luce

ocupando un sitial de valor.

LETRA Y MÚSICA: PROFESOR VÍCTOR JULIO, MODESTO VEGA JIMÉNEZ (+)



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MONUMENTO AL TRABAJADOR PETROLERO

MONUMENTO   AL  TRABAJADOR PETROLERO
Sector Nuevo Juan Cabimas, escultura realiza por el artista plástico: Lucidio González. Aparece en el 1er Censo del Patrimonio Cultural Venezolano, catálogo del Municipio Cabimas, año 2005
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